Cualquier persona, sin límite de edad. Los menores de 18 años e incapaces deben contar con la autorización de sus padres o representante legal. Las únicas contraindicaciones son: ser portador de VIH, tener infecciones graves no controladas y cáncer con metástasis. ¿Cómo me convierto en donante? Manifestándolo de la siguiente manera:
- Al momento de obtener o renovar la licencia de conducir o la cédula de identidad.
- A través de una declaración notarial.
- En un documento al internarse en un establecimiento hospitalario ante el Director de Hospital o Clínica, o de su delegado.
Pero lo más importante es manifestar su voluntad a la familia, pues la última palabra la tienen ellos.
No, dado que la mayoría de las notarías entienden que este trámite refleja una voluntad de ayuda desinteresada.
Cuando se haya acreditado la muerte encefálica por dos médicos cirujanos distintos a los que realizarán el trasplante y exista el consentimiento del donante o sus familiares.
La pérdida total e irreversible de todas las funciones del cerebro. Se pierde la capacidad de respirar y el cuerpo de la persona sólo puede ser mantenido en forma artificial por algunas horas.
El corazón, pulmón, hígado, riñones, páncreas, córneas, válvulas cardíacas, huesos y piel.
A través de la Ley Nº 19.451 que estable normas para los transplantes y donación de órganos, su reglamento (Decreto N° 656 del Ministerio de Salud) y el Código Sanitario.
http://www.bcn.cl/guias/donacion-de-organos
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